Una infravivienda es una vivienda que no reúne las condiciones
elementales de Habitabilidad. La existencia de esta situación anómala
no condicionará la Certificación de Aptitud del Edificio mientras no afecte a la estabilidad o seguridad de los elementos comunes de la edificación.
Dicha
situación se deberá comunicar a la "Agència de l'Habitatge de
Catalunya", a efectos de cumplir lo que prescribe el Decreto 187/2010.
No forma parte de la Inspección Técnica detectar posibles Vicios Ocultos, ni prever causas sobrevenidas.
|